Personal de Seccional Segunda tomó conocimiento el 23 de abril de 2026 del hurto de una moto marca Baccio 110 cc, color roja, la cual permanecía estacionada con medidas de seguridad en Avenida Juan A. Lavalleja casi Ricardo Detomasi, en la ciudad de Mercedes. El vehículo fue avaluado en $26.000 (pesos uruguayos veintiséis mil).
A partir de la denuncia, efectivos policiales realizaron diversas actuaciones tendientes al esclarecimiento del hecho, incluyendo relevamiento de la zona y averiguaciones correspondientes.
En horas de la madrugada del 24 de abril, personal del Grupo de Reserva Táctica que realizaba patrullaje preventivo en jurisdicción de Seccional Tercera avistó una moto circulando sin luces, sin chapa matrícula y ocupada por dos hombres que transitaban sin casco. Al percatarse de la presencia policial intentaron retirarse del lugar realizando maniobras imprudentes, iniciándose un seguimiento controlado.
El procedimiento culminó en inmediaciones de calles Eduardo Víctor Haedo y Constituyente, donde uno de los ocupantes abandonó el vehículo y se dio a la fuga pie a tierra, mientras que el restante, un adolescente de 16 años, fue identificado por los funcionarios actuantes. Posteriormente, con apoyo de Brigada de Tránsito Municipal y mediante consulta a los registros correspondientes, se estableció que el birrodado figuraba requerido por hurto denunciado en Seccional Segunda.
La Fiscalía Letrada de Mercedes de 2.º Turno dispuso actuaciones administrativas, intervención de Policía Científica y citación del adolescente junto a sus responsables legales. El vehículo recuperado fue posteriormente reconocido y entregado a su propietario, constatándose diversos daños y faltantes de piezas.
Continuadas las actuaciones policiales y judiciales, el 25 de mayo de 2026 el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de 1.º Turno dispuso la formalización y proceso abreviado respecto al adolescente de 16 años, como autor penalmente responsable de una infracción grave a la ley penal tipificada como delito de receptación.
Como medidas socioeducativas no privativas de libertad, la Justicia dispuso fijación de domicilio, incorporación a programa socioeducativo a cargo de INAU, presentación semanal ante dicho organismo, prestación de servicios comunitarios y cumplimiento de tratamiento psiquiátrico con acreditación correspondiente.