1 – De acuerdo a la investigación que viene llevando a cabo el Área de Investigaciones de Zona 1 desde el mes de mayo del año 2021, la cual se encuentra a cargo de la Sra. Fiscal Letrada de Mercedes de Segundo turno Dra. Alciaturi que involucra diferentes maniobras de presunta acción delictiva que incluye el incendio de la sede del sindicato ADEOM (Asociación de Empleados y Obreros Municipales) cuando este funcionaba en la sede del teatro 28 de febrero, ubicado en la esquina de Wilson Ferreira Aldunate y Veintiocho de Febrero, donde fueron formalizadas tres personas en el mes de mayo del año 2024 siendo el presidente de dicho sindicato, el tesorero y un hombre que se dedicaba al negocio de alquileres de vehículos.
De acuerdo a dichas formalizaciones, la policía pudo profundizar en la investigación, encontrando que en la pericia de uno de los celulares de los ya formalizados surge una comunicación con otras personas, al menos tres de las cuales son otros funcionarios municipales, donde el mismo se apropiaba de combustibles, lubricantes y otros productos pertenecientes a la Intendencia Municipal de Soriano (I.M.S.), los que posteriormente comercializaban en su provecho.
Es de destacar que del referido análisis se deben abarcar aproximadamente tres años de comunicaciones, y a la fecha solo se ha podido analizar una ínfima porción de los mismos.
De acuerdo a lo anteriormente expuesto, la justicia libró la orden de detención de tres hombres de 39, 43 y 48 años de edad, la cual fue efectivizada en el día de la fecha, y tras ser culminada audiencia en sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de la ciudad de Mercedes de Primer turno se dispuso la formalización y condena por proceso abreviado respecto de M.A.B.B. de 39 años, A.U.C.R. de 48 años y de W.R.T.S. de 43 años de edad como “autores penalmente responsables de un delito de receptación” a cumplir la pena de seis (6) meses de prisión en régimen de libertad a prueba.
Y respecto a A.R.R.S de 61 años de edad (el cual anteriormente había sido emplazado) se dispuso, la formalización y medida cautelar de arresto domiciliario total con colocación de dispositivo de geolocalización por “la presunta comisión de delito de peculado en reiteración real con reiterados delitos de cohechos calificados” por el plazo de ciento ochenta (180) días.