Personal de la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y Género Zona III, en coordinación con otras unidades policiales, logró la detención, formalización y posterior condena de un hombre de 29 años, por reiterados incumplimientos de medidas cautelares, en el marco de actuaciones vinculadas a violencia doméstica.
El procedimiento tuvo lugar el 4 de agosto de 2025, en la localidad de Santa Catalina, cuando se tomó conocimiento de que el indagado, un hombre de 29 años de edad, se encontraba viajando en un ómnibus de transporte urbano junto a las víctimas, pese a mantener medidas cautelares vigentes que le prohibían el contacto. Ante dicha situación, y considerando la presencia de menores de edad y civiles, personal policial actuó de forma planificada y preventiva, coordinando el procedimiento para evitar riesgos.
Al arribo del ómnibus, se solicitó al indagado que descendiera del mismo, procediéndose a su detención, y coordinándose posteriormente su traslado para continuar con las actuaciones correspondientes.
Cabe destacar que personal de CEVDYG Zona III venía trabajando con anterioridad en el seguimiento del incumplimiento de las medidas cautelares, lo que permitió una rápida intervención y una respuesta policial eficaz.
Enterada la Fiscalía competente, se dispuso que el indagado permaneciera detenido y fuera conducido ante la Sede Judicial dentro del plazo legal.
El 5 de agosto de 2025, se llevó a cabo la formalización, disponiéndose medidas cautelares consistentes en prohibición de acercamiento y comunicación, colocación de dispositivo de monitoreo electrónico y arresto domiciliario nocturno, entre otras disposiciones.
Finalmente, el 3 de febrero de 2026, en cumplimiento de lo ordenado judicialmente, el indagado fue conducido ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de 1.º Turno, donde por sentencia dictada en proceso abreviado se dispuso la condena de J. G. O. D, de 29 años, como autor penalmente responsable de un delito continuado de desacato agravado, imponiéndosele una pena de cinco (5) meses de prisión efectiva, con descuento del tiempo de detención y de las medidas cautelares cumplidas.
Tras la instancia judicial, el condenado fue puesto a disposición del Instituto Nacional de Rehabilitación, revistiendo calidad de penado.