La decisión de la Justicia, marca un giro en el caso que involucra al ex intendente de Soriano, Guillermo Besozzi, y a otros implicados, la Justicia sustituyó las medidas cautelares originalmente impuestas.
Según informó el Dr. Juan Fagúndez, abogado defensor de Besozzi, la medida de arresto domiciliario fue revocada, reemplazándola por una serie de obligaciones que incluyen permanencia domiciliaria nocturna, la presentación de documentos de viaje y la prohibición de acercarse a la Intendencia de Soriano.
«Consideramos que esta sustitución es un paso importante, ya que, a nuestro entender, los fundamentos esgrimidos inicialmente no fueron contundentes», declaró el Dr. Fagúndez a los medios presentes. «Hoy, hemos logrado la certeza de que era posible modificar lo que se fijó en un principio, que era el arresto domiciliario».
Las nuevas medidas, que entran en vigencia de inmediato, obligan a los implicados a permanecer en sus domicilios entre las 0:00 y las 7:00 horas, presentar sus documentos de viaje y pasaportes, y mantener la dirección de residencia ya establecida. Además, se les prohíbe acercarse a las instalaciones de la Intendencia de Soriano.
El Dr. Fagúndez aclaró que estas nuevas medidas sustituyen por completo las anteriores, y que el plazo inicial de 180 días, del cual ya se han cumplido 60, se mantiene vigente por 120 días más. «Se ha logrado, por lo menos, no afectar la libertad de las personas de la manera en que se hizo en un principio,» afirmó el abogado.
Implicaciones políticas y futuro de Besozzi
Una de las medidas sustituidas, la prohibición de acercarse a la Intendencia de Soriano, plantea interrogantes sobre el futuro político de Besozzi, especialmente en el contexto de una posible reelección. El Dr. Fagúndez no hizo mayores comentarios específicos sobre las implicaciones políticas de esta restricción.
«El hecho de salir electo intendente no lo priva de ejercer el cargo, por lo tanto, se solicitará. Si gana, se solicitará que se modifique esa, por lo menos, obligación sustituida hoy en virtud de la decisión de la ciudadanía del departamento», acotó.
» No, está bien claro y creo que es el criterio de la Corte Electoral de que hoy la prohibición puede suceder con una condena. Y hay que ver también una condena de qué. Pero hay delitos que, por lo menos yo considero, por ejemplo, un delito culposo, no estaría para asumir un cargo» concluyó Fagúndez.