Condiciones para recibir la Indulgencia Plenaria
La indulgencia, es un don de la misericordia divina, es uno de los signos peculiares de los años jubilares. Los fieles podrán recibir la Indulgencia Plenaria, aplicable para sí mismos o en sufragio por las almas del purgatorio en las siguientes disposiciones:
- Confesión sacramental.
- Comunión eucarística.
- Oración por las intenciones del Papa.
También puede recibirla a través de la participación en la Santa Misa, Vía Crucis, la oración del Santo Rosario, la celebración de la Liturgia de las Horas o Adoración eucarística en uno de los templos jubilares. Si se realiza una peregrinación a un templo jubilar y se reza el Padre Nuestro, el Credo y se invoca a María, Madre de Dios. Si se realizan algunas de las obras de misericordia corporales o espirituales, en especial, la visita y atención a los hermanos que se encuentran en necesidad o en dificultad (enfermos, encarcelados, ancianos en soledad) como realizando una peregrinación hacia Cristo presente en ellos (cfr. Mt 25, 34-36) y siguiendo las habituales condiciones espirituales, sacramentales y de oración.
Templos Jubilares
Con el fin de que todos los fieles, peregrinos de esperanza, puedan recibir con fe, el anuncio de esperar en el Señor, y considerando que el Papa Francisco nos pide que en este Año Jubilar los santuarios sean lugares santos de acogida y espacios privilegiados para generar esperanza y venerar e invocar la protección de la Virgen María, designo los siguientes templos como lugares de peregrinación y vivencia comunitaria del jubileo donde poder recibir la Indulgencia plenaria:
- La Catedral Nuestra Señora de las Mercedes en la ciudad de Mercedes.
- La Basílica del Santísimo Sacramento en la ciudad de Colonia del Sacramento.
- El Santuario Nuestra Señora del Carmen en la ciudad de Carmelo.
- El Santuario de Schoenstatt en la ciudad de Nueva Helvecia.
- En cada iglesia parroquial el día de la Fiesta Patronal.
Los fieles, podrán repetir las visitas en el curso del Año Santo, obteniendo en cada una de ellas la Indulgencia plenaria, incluso cotidianamente. En especial, se recibirá la Indulgencia Plenaria el día de la diócesis, el 28 de setiembre de 2025, fiesta de Nuestra Señora de las Mercedes y en la celebración de clausura del Año Santo.
Animo a las comunidades a organizar peregrinaciones a los lugares mencionados y en la medida de lo posible, que sean en el Tiempo Pascual. Es importante que las comunidades procuren vivir todas las actividades del año motivadas por la celebración del Año Jubilar.
Para los fieles que no pueden participar presencialmente de las celebraciones y actividades
Los fieles verdaderamente arrepentidos que no podrán participar en las solemnes celebraciones, en las peregrinaciones o visitas a las iglesias o santuarios o que no pueden realizar actividades comunitarias conseguirán la Indulgencia jubilar, con las mismas condiciones si se unen a los fieles peregrinos rezando en su casa o en su lugar de residencia. Particularmente, en los momentos en los cuales las palabras del Sumo Pontífice o del Obispo diocesano sea trasmitidas a través de los medios de comunicación.
Fuente: Iglesia Católica del Uruguay