La Prefectura Nacional Naval recuerda a los propietarios de embarcaciones deportivas nacionales y extranjeras sobre el tributo anual que deben abonar, el cual se encuentra establecido para el correcto registro y operación de estas en el país.
Para las embarcaciones deportivas nacionales, el plazo de vencimiento para el pago es el 10 de enero de 2025.
Los tributos a considerar son los siguientes:
– Registro neto menor a 0,6 toneladas: exento de pago.
– Registro neto entre 0,6 y 6 toneladas: se debe abonar un total de 2 Unidades Reajustables (UR).
– Registro neto mayor a 6 toneladas: el tributo asciende a 15 UR.
Por otro lado, para las embarcaciones deportivas extranjeras que hayan permanecido en el país por 9 meses o más, el vencimiento del tributo es el 20 de enero de 2025.
Los montos que deberán ser considerados son:
– Registro bruto menor a 6 toneladas: se establece un tributo de 10 UR.
– Registro bruto mayor a 6 toneladas: el pago correspondiente es de 20 UR.
Se exhorta a los propietarios de embarcaciones a cumplir con estas regulaciones en los plazos estipulados, evitando sanciones y garantizando así una navegación segura y ordenada. Para más información, los interesados pueden comunicarse con la Prefectura Nacional Naval o consultar su sitio web oficial.